TC rechaza recurso con el Aguas Andinas buscaba limitar extraordinaria multa por cortes de 2017
La disputa legal comenzó cuando el Sernac presentó una acción colectiva por las suspensiones de suministro registradas en Santiago ese año, las cuales afectaron a 1.183.241 clientes.
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En un fallo el Tribunal Constitucional (TC) rechazó el recurso de "inaplicabilidad" presentada por Aguas Andinas en contra de la demanda que el Servicio Nacional del Consumidor (Sernac) interpuso por los cortes de suministros en la capital en febrero y abril de 2017.
La disputa legal comenzó en agosto de 2017, cuando el Sernac presentó una acción colectiva ante el 4° Juzgado de Letras en lo Civil de Santiago por las suspensiones de suministro registrados meses antes en Santiago, las cuales afectaron a 1.183.241 clientes, según fijó la Superintendencia de Servicios Sanitarios.
En su momento la autoridad solicitó que se condenara a Aguas Andinas al máximo de las multas por cada una de las infracciones imputadas y, de conformidad al artículo 53 C letra b), por cada uno de los consumidores afectados".
Por ello se pidió aplicar una la multa casi 355 millones de UTM, una cifra de $16.790.000.000.000, equivale a más de US$27 mil millones, solicitada por el organismo, por cada uno de los consumidores afectados, lo que equivaldría más de 115 años de las utilidades de la sanitaria.
El mayo del año pasado, la empresa controlada por el Grupo Suez, presentó un recurso de inaplicabilidad por la "desproporcionada multa" que arriesga en el marco de la demanda colectiva.
Tras meses en suspenso, el TC descartó "la producción de los efectos inconstitucionales que alega la requirente", rechazando íntegramente el requerimiento. Así también, se ordenó el alza de la suspensión del procedimiento y decidió no condenar en costas a Aguas Andinas "por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar".
También se ordenó el alza de la suspensión del procedimiento y decidió no condenar en costas a Aguas Andinas "por estimarse que tuvo motivo plausible para litigar".
Respuesta de Aguas Andinas
Ante al fallo del Tribunal Constitucional referido a la impugnación presentada por Aguas Andinas, la compañía tomó la palabra y declaró lo siguiente:
"Nuestra compañía siempre ha acatado las resoluciones dictadas por la institucionalidad, en este caso, el Tribunal Constitucional, y pese a que nuestro requerimiento fue rechazado, valoramos profundamente las reflexiones contenidas en la sentencia, pues ratifican que la eventual aplicación de multas por parte del tribunal de grado que conoce del juicio debe observar los límites que -en relación con su cuantía y forma de cálculo- establece el ordenamiento jurídico nacional", .
Fallo del Tribunal Constitucional aquí.